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Agenda de Familias
Normas de convivencia

 

 

 

 

ANEXO 2. Medidas ante conductas contrarias a las Normas de Convivencia

 

CONDUCTA

MEDIDA

CONDUCTAS LEVES

Las conductas consideradas leves serán corregidas normalmente con amonestaciones verbales.

Ante la reiteración en la conducta o ante conductas especialmente perjudiciales para la convivencia serán notificadas y corregidas mediante una amonestación.

El profesorado anotará la incidencia en el Stilus incidencias, comunicando al tutor correspondiente la amonestación.

Semanalmente el tutor revisará y comunicará a Jefatura de estudios los casos concretos.

La edad será considerada un agravante, por tanto, para el alumnado de bachillerato y ciclos formativos la tercera amonestación será considerada una falta grave y podrá realizarse la apertura de un expediente disciplinario.

 

1ª Amonestación:

Comunicación familias, recreos.

2ª Amonestación:

Reunión familias, suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares durante 15 días. Recreos.

3ª Amonestación:

Reunión familias, modificación del horario lectivo 3 días, en la biblioteca.

4ª Amonestación (por reiteración se considerará conducta grave)

Reunión familias, modificación del horario lectivo 5 días como máximo, en su domicilio. Inicio de un acuerdo reeducativo.

5ª Amonestación:

Reunión familias, posibilidad de apertura de expediente disciplinario.

RETRASOS

Los retrasos en la entrada a clase serán registrados, en la aplicación Stilus incidencias por el profesorado y deberán ser justificados por las familias o tutores legales del alumnado.

 

9 retrasos en un periodo de 30 días naturales. 1ª amonestación, reunión con las familias, inicio de un acuerdo reeducativo y posible modificación del horario lectivo 3 días en la biblioteca.

FALTAS SIN JUSTIFICAR

 

Las faltas de asistencia serán registradas diariamente en Stilus incidencias por el profesorado.

El tutor del grupo, semanalmente, revisará las faltas de asistencia y retrasos del alumnado, informando a las familias o tutores legales del alumnado para que las justifiquen. Así mismo en las reuniones con Jefatura de Estudios informarán de las actuaciones realizadas y medidas a adoptar.

En el centro existe un documento para justificar las faltas del alumnado.

Deberá entregarse a los tutores como muy tarde al tercer día hábil de la incorporación al centro, debidamente cumplimentado y acompañado de la documentación justificativa.

Las decisiones colectivas que adopte el alumnado a partir del 3º curso de ESO en relación con su asistencia a clase no tendrán consideración de conductas perturbadoras de la convivencia ni serán objeto de sanción cuando estas hayan sido resultado de una decisión colectiva en el marco del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente por escrito a Jefatura de Estudios.

 

 

Los criterios para poder justificar las faltas de asistencia están recogidos en el ANEXO II del Programa Provincial Absentismo.

Las faltas de asistencia en fechas en que esté prevista la realización de un examen deberán justificarse con un documento oficial ajeno a la familia.

 

6 faltas sin justificar = 1ª amonestación escrita, comunicación a las familias.

12 faltas sin justificar = 2ª amonestación escrita, reunión con las familias, suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares durante 15 días.

15 faltas sin justificar= Reunión con las familias, modificación del horario lectivo 3 días, en aula convivencia. Inicio de un acuerdo reeducativo.

Se informará a la Comisión de Absentismo de las faltas sin justificar del alumnado menor de 16 años.

Cuando un alumno se ausente del Centro sin motivo justificado y sin comunicación previa en Jefatura de Estudios será sancionado con una amonestación.

En los Ciclos Formativos, un número de ausencias injustificadas superior al 15% de la carga lectiva del módulo o materia podrá provocar la imposibilidad de aplicar los criterios de la evaluación continua. El tutor, de acuerdo con el profesor del módulo o materia afectados, advertirá por escrito de esta situación al alumno cuando el número de faltas llegue al 10% de la carga lectiva. De todo el procedimiento se dejará constancia en Jefatura de estudios.

En los Ciclos Formativos, se toma como referencia a la hora de justificar las faltas de asistencia lo establecido en la legislación laboral.

 

 

USO INADECUADO DE APARATOS ELECTRÓNICOS

 

No está permitida la utilización de teléfonos móviles, aparatos o dispositivos electrónicos en el centro, excepto para un uso didáctico, en presencia y con el permiso del profesor.

Se considerará conducta agravante el uso o tenencia de aparatos electrónicos en los exámenes.

No está permitido hacer grabaciones, de ningún tipo, ni fotografías en el recinto del centro, salvo en el contexto de actividades académicas y con presencia del profesor que las propone.

El centro no se hace responsable de la pérdida, robo o sustracción de los teléfonos móviles o dispositivos electrónicos.

 

 

El profesorado podrá retirar el teléfono móvil, dispositivo o aparato electrónico de un alumno/a cuando realice un uso indebido en el centro escolar.

El alumnado que libre y voluntariamente entregue al profesorado el teléfono móvil dispositivo o aparato electrónico, lo depositará apagado en Jefatura de Estudios, donde será custodiados hasta las 11:00 horas del día siguiente en que se entregarán al alumno o alumna.

Si el alumno/a se negara a entregar el móvil o el aparato electrónico al profesor, se anotarán dos amonestaciones, una por uso inadecuado y la segunda por no seguir las indicaciones del profesorado.

Si el alumno/a también se negará a entregar el aparato electrónico a cualquiera de los miembros del equipo directivo, se anotarán tres amonestaciones, una por uso inadecuado, la segunda y tercera, por desobedecer las indicaciones del profesorado y del equipo directivo respectivamente. Estas sanciones irán acompañadas de amonestación por escrito.

Se les aplicarán las mismas sanciones a los alumnos de ESO, de Bachillerato o Ciclos Formativos.

EXPULSIÓN DE LOS ALUMNOS FUERA DEL AULA

 

Cuando en circunstancias excepcionales, un profesor se vea obligado a utilizar esta actuación inmediata, se debe garantizar el control del alumnado objeto de esta medida.

 

 

EDIFICIO ANTIGUO: El profesorado podrá enviar a los alumnos a la biblioteca, provisto de tarea, donde será vigilado por los profesores de guardia o Jefatura de estudios. Los alumnos obligatoriamente pasarán previamente por Jefatura de Estudios.

EDIFICIO NUEVO: El profesor enviará al alumno al despacho de Jefatura de estudios provisto de tarea, donde será vigilado por el profesor de guardia o por los jefes de Estudios

 

La expulsión del aula conlleva una amonestación por escrito, redactada por el profesor implicado, y la sanción correspondiente.

El profesor que realice la expulsión anotará en Stilus incidencias la amonestación, comunicándolo por escrito a la familia, al tutor del alumno/a y a Jefatura de Estudios

 

CONSUMO DE REFRESCOS Y BEBIDAS ENERGÉTICAS

 

No se permitirá la introducción ni el consumo de refrescos ni bebidas energéticas en el centro.

El incumplimiento de esta norma será motivo de sanción, la reiteración en la conducta será considerado una falta grave que será sancionada según se recoge en el Decreto 51/2007 modificado por el Decreto 23/2014

DETERIORO LEVE DEL CENTRO, DE SU MATERIAL O DE PERTENENCIAS DE OTROS ALUMNOS

 

Este comportamiento irá acompañado de una amonestación escrita y su correspondiente sanción.

Los alumnos responsables repararán el daño causado abonando, en su caso, el importe de las reparaciones necesarias.

De no aparecer los causantes del daño o deterioro, la responsabilidad recaerá de forma subsidiaria en el grupo de alumnos al que pertenezcan.

Si el daño o deterioro afecta a las instalaciones de una planta o de un edificio serán responsables subsidiarios los grupos de dicha planta o edificio.

FALTAS DE RESPETO VERBALES O ESCRITAS CONTRA CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

(Siempre que no sean calificadas como faltas o conductas gravemente perjudiciales)

 

Reunión con las familias o tutores legales, amonestación escrita y sanción correspondiente.

Posibilidad de solicitar una petición pública o privada de disculpas.

 

USO DE PATINETES Y MONOPATINES

Los patinetes eléctricos y no eléctricos tendrán la misma consideración que las bicicletas y deberán quedar aparcados en el exterior del edificio, en el espacio reservado para bicicletas.

El incumplimiento de la norma será motivo de sanción, la reiteración en la conducta será considerado una falta grave que será sancionada según se recoge en el Decreto 51/2007 modificado por el Decreto 23/2014.

ACTUACIONES EN LOS EXÁMENES

El alumnado se distribuirá en las aulas según dispongan los profesores de cada asignatura.

Cuando un alumno/a llegue tarde a un examen, solicitará permiso al profesorado para realizarlo. El profesorado valorará las causas y circunstancias del retraso y decidirá si el alumno/a puede realizar el examen.

Dejarán sus pertenencias a la entrada y solo podrán tener encima de la mesa dos bolígrafos y un corrector de escritura (en exámenes específicos también podrán tener calculadora, diccionario, regla y compás, etc). Debiendo asegurarse que debajo de la mesa no haya ningún papel, libro, carpeta, etc.  No se permitirán hojas adicionales “de sucio”. Sí podrán tener una botella de agua sin ninguna etiqueta visible.

Los alumnos no podrán intercambiar ningún tipo de material (bolígrafos, correctores, etc) durante la realización de las pruebas.

Las pruebas se harán en silencio. No está permitido copiar ni dejarse copiar, ni la utilización de otro material que el expresamente permitido. Si un alumno es sorprendido copiando o en actos lesivos para el buen desarrollo de las pruebas será sancionado con la inmediata finalización de dicha prueba. Los departamentos didácticos determinarán en sus programaciones la calificación de dicha prueba.

Durante la realización de los exámenes, está prohibido en el aula el uso de teléfonos móviles, lectores de MP3- MP4, smartwatches y demás instrumentos de comunicación o reproducción, que deberán estar desconectados y alejados del sitio que ocupa cada alumno.

El alumnado facilitará, en todo momento, la visualización de los pabellones auditivos.

Los profesores podrán requerir a algún alumno para que se retire el pelo para comprobar que está realizando el examen con normalidad.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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