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Ayudas apoyo educativo 2014-2015

 

 

Convocatoria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte sobre ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso 2014-15


 

 

El plazo de presentación de solicitudes es desde el 13 de julio hasta el 30 de septiembre de 2014.

 

Se recuerda que los posibles beneficiarios de estas ayudas son los indicados en los artículos 2 y 3 de la convocatoria: alumnado que presenta necesidades educativas  especiales (ACNEEs) derivadas de discapacidad o trastorno de conducta grave, así como alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

En relación con la presentación de solicitudes, el Ministerio nos recuerda que, al igual que el año pasado, la solicitud se hará online, generará un fichero pdf que deberá imprimirse y presentarse físicamente en el colegio. Esta es la forma que prevé la convocatoria y por eso es la única posibilidad que se va a dar desde la página web del Ministerio.

No obstante, para casos de especial dificultad, os adjuntamos el modelo en pdf, para que se lo facilitéis a las familias a las que sea imposible realizar la solicitud a través de la sede electrónica del Ministerio. 

Para que la solicitud pueda realizarse es imprescindible que los solicitantes se registren previamente en la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Os adjuntamos también un documento para que podáis facilitar a las familias los pasos a seguir para realizar este trámite. 

Os recordamos que, conforme al art. 11 de la convocatoria sobre revisión de solicitudes, los centros que reciban las solicitudes deben verificar la correcta cumplimentación de éstas y de su documentación aneja.

Por la experiencia en cursos pasados, se insiste en la correcta cumplimentación de lo siguiente:


Por parte del solicitante:

-  Las firmas de todos los miembros de la unidad familiar.

-  Dirección de correo electrónico.

-  El recuadro de Declaración de Responsabilidad Solidaria.

 

Alumnos con propuesta de ayuda de Reeducación Pedagógica y/o del Lenguaje o Programa específico para alumnos con altas capacidades:

    • El profesional o gabinete que presta los servicios debe identificarse adecuadamente con todos los datos que se solicitan, e indicar la cuantía mensual y duración de la necesidad del servicio.
    • Se tendrá en cuenta que para los alumnos con altas capacidades intelectuales sólo podrán recibir ayuda para la asistencia a programas específicos para este colectivo que no se presten de forma gratuita por la administración educativa.


Por parte del centro:

  • El apartado F de la solicitud (Tipo de ayudas propuestas por el Centro, teniendo en cuenta los apartados del artículo 7 de la convocatoria).

  • En caso de proponer ayuda de transporte, se debe marcar sólo un concepto:  B) Transporte Interurbano (artículo 7); E) Transporte de fin de semana  o F) Transporte Urbano (dice el artículo 7.4 que “podrán concederse ayudas para transporte urbano, cuando así se justifique por el tipo de deficiencia del alumno y la distancia del domicilio familiar al centro educativo”).

  • Sello y firma del centro en la pág. 5.

 

Por parte de los EOEPs o Departamentos de Orientación:

Se recuerda que los posibles beneficiarios de estas ayudas son los indicados en los artículos 2 y 3 de la convocatoria: alumnado que presenta necesidades  educativas  especiales  (ACNEEs) derivadas de discapacidad o trastorno de conducta grave, así como alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades  intelectuales.

-  Cumplimentar la solicitud con los siguientes datos: 

Ø  Para todos los alumnos:

§  Nombre de quién certifica y sello del EOEP

§  Nombre del alumno/a

§  Nombre del centro educativo

§  Marcar tipo de centro

§  Marcar la necesidad de apoyo por DISCAPACIDAD, TRASTORNO GRAVE DE CONDUCTA, TDAH o ALTA CAPACIDAD. Debe tenerse en cuenta la clasificación de los alumnos grabada en la aplicación informática ATDI.

 

Ø  Para los alumnos con necesidad de recibir reeducación pedagógica y/o del lenguajeescolarización más temprana o programa específico para alumnos con altas capacidades:

           

Sólo deberá proponerse o marcar esta necesidad cuando el alumno no reciba la atención necesaria y suficiente, y se hayan tenido en cuenta todos los elementos concurrentes y, especialmente, las posibilidades de prestación gratuita de los servicios necesitados (artículo 7 y 8 de la convocatoria). Podrá adjuntarse informe complementario motivando la propuesta.

 


 INFORMACIÓN DE INTERÉS:

 

 

 

 

Negociado de Becas 

Dirección Provincial de Educación-Valladolid 

Junta de Castilla y León


 

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